Humo del vecino de terraza: qué dice el artículo 7.2 y cuándo puedes exigir que pare
El artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal permite exigir el cese de actividades molestas dentro de un edificio, como el humo de tabaco que entra en la vivienda de un vecino. La norma delimita el uso de cada piso por parte de su propietario o ocupante: se puede hacer vida normal, pero no convertir la convivencia en un problema con humo intenso, olores o ruidos que se vuelvan reiterados. El procedimiento empieza con un aviso fehaciente al vecino (por escrito) y puede escalar a una acción de cesación promovida por la comunidad con autorización de la junta de propietarios. Si hay desobediencia, el juez podría dictar medidas cautelares; incluso, el fallo puede llevar al cese definitivo, indemnización y, si el infractor es inquilino, la pérdida del contrato.





