Oficial: las autocaravanas no podrán ser discriminadas al aparcar en las ciudades
La normativa oficial sobre autocaravanas establece que no podrán ser discriminadas al aparcar en ciudades, corrigiendo sanciones previas por el solo hecho de ser autocaravanas. El cambio se apoya en una modificación del Reglamento General de Circulación publicada en el BOE: si el vehículo está correctamente estacionado, deberá recibir el mismo trato que el resto de automóviles. El nuevo artículo 92 define criterios para diferenciar estacionar de acampar: no desplegar toldos, mesas, sillas ni elementos que sobresalgan; descansar únicamente sobre los neumáticos (permitiendo solo calzos o cuñas de seguridad); y no verter líquidos del habitáculo. Los ayuntamientos conservan competencias para limitar aparcamiento con zonas de pago, límites horarios o retirada si hay incumplimientos, siempre con aplicación general y justificada. El artículo sitúa la demanda del sector en más de 15 años y aporta cifras: unos 365.000 vehículos de caravaning en España, 96.000 autocaravanas, 26.000 campers y 7.100 matriculaciones nuevas el último año, además de unas 1.400 áreas específicas en 2025.



