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Cuándo y cómo tengo que avisar que uso IA y etiquetarla?
xCruzo Brief
Desde el 2 de agosto de 2026 serán exigibles las obligaciones de transparencia del Reglamento europeo de Inteligencia Artificial (art. 50, ajustado por el Ómnibus digital). Afectan a usos cotidianos de IA en marketing, comunicación y atención al cliente: desde chatbots y voicebots hasta imágenes, vídeos y texto generado automáticamente. La guía explica que, si un sistema conversa con clientes en un canal donde esperan razonablemente una persona, debe advertirlo desde la primera interacción. También exige informar si se analizan emociones o biometría (art. 50.3), declarar el origen cuando se publiquen textos sobre interés público (art. 50.4) y comunicar que hay un sistema de alto riesgo involucrado en decisiones sobre personas (art. 26.11).
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